ANEXO COMPLEMENTARIO DE PACTO ARBITRAL EJECUTIVO PARA TÍTULOS VALORES Pagarés · Letras de cambio · Facturas electrónicas · Cheques · Ley 2540 de 2025 IMPORTANTE: Este pacto NO puede imprimirse dentro del cuerpo del título valor. Debe constar en documento anexo o separado que refiera expresamente la obligación cambiaria (art. 4, Ley 2540 de 2025; art. 619, Código de Comercio). Entre los suscritos: [Nombre del Acreedor/Tenedor], por una parte, y [Nombre del Deudor/Emisor] y [Nombre del Avalista/Codeudor], por la otra, se celebra el presente Acuerdo Anexo de Arbitraje Ejecutivo: 1. IDENTIFICACIÓN DEL TÍTULO. El presente convenio regula el mecanismo de cobro del [Pagaré N.° ____ / Factura Electrónica N.° ____] emitido el [fecha] por un valor total de [monto en letras y números M/CTE]. 2. PACTO ARBITRAL EJECUTIVO SEPARADO. En cumplimiento del artículo 4 de la Ley 2540 de 2025 y atendiendo a los principios de autonomía e incorporación de los títulos valores, las partes acuerdan expresamente que, en caso de exigibilidad y mora en el pago del instrumento cambiario, su cobro ejecutivo se adelantará obligatoriamente mediante Proceso Ejecutivo Arbitral Institucional en derecho. 3. SEDE Y ADMINISTRACIÓN. La ejecución se tramitará ante el Centro de Arbitraje de [Nombre]. Las partes autorizan de manera tácita al Centro para nombrar al Árbitro de Medidas Cautelares Previas y al Árbitro Ejecutor de sus listas oficiales, conforme al artículo 7 de la Ley 2540 de 2025. 4. OPONIBILIDAD Y ENDOSO. El presente acuerdo se mantendrá anexo al título valor. En caso de circulación del título mediante endoso o cesión, el endosatario o cesionario que acepte el anexo se subrogará en los derechos del pacto arbitral ejecutivo. Suscrito en [Ciudad], a [fecha]. [Acreedor] ______________ · [Deudor] ______________ · [Avalista] ______________ --- Minuta de apoyo con fines informativos. No constituye asesoría legal. secretariotribunal.com